MinComercio amplió plazos para declaración del impuesto nacional del turismo

El documento señala que los recursos de este impuesto podrán ser destinados para contribuir a la subsistencia de los guías de turismo

Ante el crecimiento de la propagación del Covid-19 en el país, el cual deja al momento más de dos millares de infectados, sectores de la economía como el turismo siguen reportando pérdidas y dan cuenta de daños irreparables. Por tal razón, y en atención al detrimento de su situación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo dio a conocer el Decreto 557 mediante el cual normatiza que las empresas que presten de manera regular el servicio de transporte aéreo internacional tengan plazo para presentar la declaración y así pagar el valor del impuesto nacional con destino al turismo como inversión social hasta el 30 de octubre de este año.

El documento señala que los recursos de este impuesto podrán ser destinados para contribuir a la subsistencia de los guías de turismo que cuenten con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional Turismo.

Además, quedo en firme que el MinComercio, en cabeza de José Manuel Restrepo, y de la mano del Fondo Nacional de Turismo (Fontur), podrán ordenar transferencias monetarias no condicionadas o incentivos económicos a los guías turísticos.

Otra de las condiciones es que los beneficiarios de esto no podrán ser parte de los programas ‘Familias en Acción’, ‘Colombia Mayor’, ‘Jóvenes en Acción’, Ingreso Solidario o compensación del IVA, los cuales iniciaron hace unas semanas. Este aporte será solo durante la emergencia económica.

Finalmente, el Decreto señala que hasta el 31 de agosto a las micro y pequeñas empresas, entidades asociativas y solidarias sin ánimo de lucro se les aplicará una tarifa diferenciada para la expedición, modificación y renovación de los registros sanitarios de productos como medicamentos, cosméticos, dispositivos y elementos médico quirúrgicos y otros que sean de utilidad en el tratamiento del Covid-19. Esto se une a los 100 productos médicos que no tendrán IVA por la emergencia.